Desde el pasado 16 de marzo los gobiernos de España y Portugal han decretado el restablecimiento de controles en la frontera entre los dos países, de acuerdo con los decretos publicados en el Diário da República y en el Boletín Oficial del Estado .
Estas son las principales medidas:
1. Circulación de transportes entre los dos países:
· Queda prohibida la circulación por carretera, independientemente del tipo de vehículo, con excepción del transporte internacional de mercancías, del transporte de trabajadores transfronterizos, y de la circulación de vehículos de emergencia y socorro y del servicio de urgencia.
· Está suspendida la circulación ferroviaria excepto para el transporte de mercancías.
· Está suspendido el tráfico aéreo de pasajeros excepto los vuelos de Estado y de naturaleza humanitaria.
· Está suspendido el transporte fluvial de pasajeros entre los dos países y el atraque de embarcaciones de recreo y desembarque de pasajeros.
2. Las limitaciones el tráfico referidas anteriormente no afectan:
· El derecho de entrada de los ciudadanos nacionales y de los titulares de autorización de residencia en respectivos países.
· La organización de operaciones de repatriación de ciudadanos nacionales, a partir o a través del territorio de una de las partes.
· La circulación del personal diplomático Y de las fuerzas de seguridad.
· La circulación, de manera excepcional, para efectos de reunión familiar de cónyuges o equivalentes y familiares hasta el primer grado en línea directa.
3. El tráfico por carretera está autorizado a través de los siguientes puntos de paso:
· Valença – Tuy.
· Vila Verde da Raia – Verín.
· Quintanilha – San Vitero.
· Vilar Formoso – Fuentes de Oñoro.
· Termas de Monfortinho – Cilleros.
· Marvão – Vaencia de Alcántara.
· Caia – Badajoz.
· Vila Verde de Ficalho – Rosal de la Frontera.
· Vila Real de Santo António – Ayamonte.
Atención: el paso de la frontera fuera de los referidos lugares autorizados está sancionado en los términos de la legislación penal.
Advertimos que el tránsito por territorio español está prohibido a los ciudadanos portugueses no residentes habitualmente en Portugal. Podrán hacerlo para regresar todos los que se encuentren temporalmente y esporádicamente fuera del país.
El Serviço de Estrangeiros e Fronteiras (SEG) pone a su disposición los siguientes contactos para aclarar resolver dudas sobre esta materia: Covid19@sef.pt o gtf.csf@sef.pt
El Ministerio de Asuntos Exteriores de Portugal pone a disposición la línea de apoyo covid-19, accesible por teléfono a través del número + 351 217 929 755 y del e-mail: covid19@mne.pt.
Embajada de España en Lisboa: Rua do Salitre, 3 - 1269-052 Lisboa emb.lisboa@maec.es
(+351) 21 347 23 81 / 82 / 83 - (+351) 21 347 86 21 / 22.
Consulado de España en Lisboa:
Rua do Salitre, 3 - 1269-052 Lisboa + 351 21 322 05 00 - cog.lisboa@maec.es
Para situaciones de EMERGENCIA CONSULAR (robos o accidentes) fuera del horario laboral puede comunicarse con este Consulado General llamando al número: +351 91 726 74 02
Consulado de España en Oporto: Rua D. João IV, nº 341 - 4000-302 Porto cog.oporto@maec.es (+351) 22 536 39 15 / (+351) 22 536 39 40